{"id":3982,"date":"2024-05-22T13:05:17","date_gmt":"2024-05-22T17:05:17","guid":{"rendered":"https:\/\/reporteoficial.net\/?p=3982"},"modified":"2024-05-22T13:05:18","modified_gmt":"2024-05-22T17:05:18","slug":"grupo-de-medios-panorama-somete-a-la-justicia-a-los-ministerios-de-cultura-y-agricultura-edesur-y-cea-por-violar-ley-200-04","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/2024\/05\/22\/grupo-de-medios-panorama-somete-a-la-justicia-a-los-ministerios-de-cultura-y-agricultura-edesur-y-cea-por-violar-ley-200-04\/","title":{"rendered":"Grupo de Medios Panorama somete a la justicia a los ministerios de Cultura y Agricultura, Edesur y CEA por violar Ley 200-04"},"content":{"rendered":"\n<p>Panorama Justicia. El Grupo de Medios Panorama someti\u00f3 a varias instituciones p\u00fablicas ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), por no responder varias preguntas realizadas a trav\u00e9s de sus departamentos de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica en franca violaci\u00f3n a la Ley 200-04.<\/p>\n\n\n\n<p>Las informaciones relacionadas con los procesos de compras p\u00fablicas y la ejecuci\u00f3n presupuestaria del a\u00f1o 2023 de las entidades contratantes, fueron solicitadas a los ministerios de Cultura, Agricultura, Edesur Dominicana y el Consejo Estatal del Az\u00facar (CEA), para la realizaci\u00f3n de un trabajo period\u00edstico en el programa Toda la Verdad, que se transmite los domingos por VTV, canal 32, pero no fueron respondidas dentro del plazo que establece la referida ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Por esa raz\u00f3n, VTV Network Dominicana a trav\u00e9s de su representante legal, Crismery Lizardo, interpuso un recurso de amparo en contra de las referidas instituciones que no respondieron el requerimiento de informaci\u00f3n dentro del plazo correspondiente.<\/p>\n\n\n\n<p>El recurso de amparo se basa, adem\u00e1s, en el incumplimiento que, de acuerdo a los compromisos internacionales asumidos en materia de derecho al acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, en su art\u00edculo 2 la referida ley establece que \u00abeste derecho de informaci\u00f3n comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actas y expedientes de la administraci\u00f3n p\u00fablica, as\u00ed como a estar informada peri\u00f3dicamente, cuando lo requiera, de las actividades que desarrollan entidades y personas que cumplen funciones p\u00fablicas, siempre y cuando este acceso no afecte la seguridad nacional, el orden p\u00fablico, la salud o la moral p\u00fablica o el derecho a la privacidad e intimidad de un tercero o el derecho a la reputaci\u00f3n de los dem\u00e1s. Tambi\u00e9n comprende la libertad de buscar, solicitar, recibir y difundir informaciones pertenecientes a la administraci\u00f3n del Estado y de formular consultas a las entidades y personas que cumplen funciones p\u00fablicas, teniendo derecho a obtener copia de los documentos que recopilen informaci\u00f3n sobre el ejercicio de las actividades de su competencia, con las \u00fanicas limitaciones, restricciones y condiciones establecidas en la ley\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p>En adici\u00f3n, el recurso legal recuerda que el derecho a la informaci\u00f3n se configura constitucionalmente como derecho fundamental en el art\u00edculo 49 numeral 1 de la Constituci\u00f3n, en t\u00e9rminos de que \u00abtoda persona tiene derecho a la informaci\u00f3n y este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir informaci\u00f3n de todo tipo, de car\u00e1cter p\u00fablico, por cualquier medio, canal o v\u00eda, conforme determinan la Constituci\u00f3n y la ley\u00bb y en estos casos esta intenci\u00f3n queda solo en papel debido a que ante la negativa de ofrecer la referida informaci\u00f3n, no se est\u00e1 cumpliendo.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNo entregar las informaciones requeridas a la raz\u00f3n social VTV Network Dominicana, constituye una violaci\u00f3n al art\u00edculo 49 numeral 1 de nuestra Carta Magna, as\u00ed como tambi\u00e9n al derecho a la informaci\u00f3n que posee cada ciudadano para validar el buen uso de los fondos del Estado\u201d, resalta el citado recurso de amparo.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido, a trav\u00e9s del recurso de amparo, VTV solicita a las instituciones mencionadas la entrega de la informaci\u00f3n requerida a cada una de estas, en un plazo no mayor de 15 d\u00edas, contados a partir de la notificaci\u00f3n de la sentencia a intervenir.<\/p>\n\n\n\n<p>El Grupo de Medios Panorama ratifica su compromiso con la objetividad y la transparencia y deplora que, a pesar del esfuerzo que ha llevado el presidente Luis Abinader, en la b\u00fasqueda de la transparencia y lucha contra la corrupci\u00f3n, muchos funcionarios hagan lo contrario e infrinjan las leyes y el deber de garantizar el libre acceso a la informaci\u00f3n al que est\u00e1n llamados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Panorama Justicia. El Grupo de Medios Panorama someti\u00f3 a varias instituciones p\u00fablicas ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), por no responder varias preguntas realizadas a trav\u00e9s de sus departamentos de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica en franca violaci\u00f3n a la Ley 200-04. Las informaciones relacionadas con los procesos de compras p\u00fablicas y la ejecuci\u00f3n presupuestaria del a\u00f1o 2023 de las entidades contratantes, fueron solicitadas a los ministerios de Cultura, Agricultura, Edesur Dominicana y el Consejo Estatal del Az\u00facar (CEA), para la realizaci\u00f3n de un trabajo period\u00edstico en el programa Toda la Verdad, que se transmite los domingos por VTV, canal 32, pero no fueron respondidas dentro del plazo que establece la referida ley. Por esa raz\u00f3n, VTV Network Dominicana a trav\u00e9s de su representante legal, Crismery Lizardo, interpuso un recurso de amparo en contra de las referidas instituciones que no respondieron el requerimiento de informaci\u00f3n dentro del plazo correspondiente. El recurso de amparo se basa, adem\u00e1s, en el incumplimiento que, de acuerdo a los compromisos internacionales asumidos en materia de derecho al acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, en su art\u00edculo 2 la referida ley establece que \u00abeste derecho de informaci\u00f3n comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3983,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,140],"tags":[100,125,144],"class_list":["post-3982","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","category-politica","tag-noticias","tag-politica","tag-politica-2"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3982","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3982"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3982\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3984,"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3982\/revisions\/3984"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3982"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3982"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/reporteoficial.net\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3982"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}